El Decreto 160 en Chile (NFPA 30): Seguridad para Combustibles Líquidos.
Si te toca liderar un proyecto industrial que involucre Combustibles Líquidos en Chile, no puedes dejar de conocer el Decreto 160. En el contexto internacional se puede aplicar el NFPA 30, pero de momento no es el objetivo de este artículo.
Emilio Alvarado Perez
8/21/20242 min read


Si te toca liderar un proyecto industrial que involucre Combustibles Líquidos en Chile, no puedes dejar de conocer el Decreto 160. En el contexto internacional se puede aplicar el NFPA 30, pero de momento no es el objetivo de este artículo.
Lo entiendo, no es nada entretenido leer normativa, pero su contenido te permitirá entender la legislación y no incurrir en un diseño o construcción que finalmente no va a respetar los estándares. Tratemos de resumir de qué va todo esto.
¿De que se trata?
Copiando y pegando su propósito, sirve para establecer “los requisitos mínimos de seguridad que deben cumplir las instalaciones de combustibles líquidos derivados del petróleo y biocombustibles”.
Objetivos y Alcance: Aplica para todas las instalaciones y operaciones relacionadas con los combustibles líquidos derivados del petróleo y biocombustibles. ¿Cuáles cosas no considera? Excluye las instalaciones en campos de producción de petróleo, el suministro directo de aeronaves y el transporte marítimo de combustibles líquidos.
¿Y qué serían Combustibles Líquidos (CL)? Los CL se definen como mezclas de hidrocarburos en estado líquido a 37,8 °C (100 °F) y presión máxima absoluta de 275 kPa (39,8 psi), utilizadas para generar energía por combustión. Incluye biocombustibles como biodiesel y bioetanol. ¿Y si utilizas sustancias derivadas de hidrocarburos, pero como materias primas? Bueno, es mejor aplicarlo que no aplicarlo 😀.
Seguridad en Instalaciones: Las instalaciones deben cumplir con normas estrictas de construcción, almacenamiento, y operación, incluidas especificaciones para equipos y materiales a prueba de explosiones, medidas de control de fuentes de ignición, y sistemas de ventilación adecuados. Los tanques y tambores deben estar en recintos seguros, con sistemas de contención para derrames (pretiles) y equipos de extinción de incendios apropiados.
Sistemas de Control de Incendios: Se exige un sistema de control de incendios robusto, diseñado con base en estudios de seguridad y siguiendo normas internacionales como API y NFPA. Este sistema debe incluir depósitos de almacenamiento de agua, redes de distribución, y dispositivos de detección y alarma. Las brigadas de combate de incendios deben estar capacitadas según la norma NFPA 600.
Operaciones y Transporte: El reglamento regula las operaciones de almacenamiento y distribución, incluyendo el transporte en camiones tanque, que deben cumplir con requisitos específicos para garantizar la seguridad en la carga y descarga de combustibles. Los camiones deben estar inscritos en el registro de la Superintendencia, con inspecciones actualizadas.
Coordinación y Emergencias: En zonas con múltiples instalaciones de distintos operadores, se requiere la coordinación para implementar procedimientos conjuntos de combate de incendios, con todos los recursos físicos y humanos disponibles. Estos procedimientos deben ser aprobados por la Superintendencia y otros organismos competentes, como el Cuerpo de Bomberos y ONEMI.
Cumplimiento y Supervisión: El cumplimiento de estas normas es supervisado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, que tiene la autoridad para imponer sanciones en caso de incumplimientos. Las instalaciones deben mantener registros detallados de todas las operaciones y medidas de seguridad implementadas, los cuales estarán sujetos a inspección.
Este decreto es un marco regulatorio integral diseñado para salvaguardar la seguridad en la industria de combustibles líquidos en Chile, incorporando las mejores prácticas internacionales y adaptándose a los desarrollos tecnológicos recientes en la materia.
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